thumbnail_Arce180x180px

Noticias

La justicia colombiana ordena devolver al Museo Nacional las 63 piezas retiradas por el Gobierno

El Juzgado 24 de Familia de Bogotá exige restituir los objetos en un plazo de 48 horas y cuestiona una decisión que considera carente de justificación curatorial, en defensa de la memoria histórica, el pluralismo y la libertad de expresión cultural.

La justicia colombiana ordena devolver al Museo Nacional las 63 piezas retiradas por el Gobierno
bonart bogotà - 29/10/26

La justicia colombiana ha ordenado la restitución de las 63 piezas retiradas de las salas del Museo Nacional de Colombia el pasado 15 de octubre. El Juzgado 24 de Familia de Bogotá ha establecido un plazo de 48 horas para devolver los objetos a sus espacios de exhibición, en una sentencia que cuestiona los procedimientos empleados por el Gobierno y reivindica la protección constitucional de las expresiones culturales. La resolución responde a una acción de tutela presentada por el representante a la Cámara Gabriel Becerra, del Pacto Histórico, junto con integrantes de colectivos de la población LGBTIQ+.

La sentencia, de 38 páginas, agrupa 15 acciones de tutela relacionadas con la retirada de los objetos y ordena al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y al Museo Nacional restituirlos en condiciones adecuadas de conservación. La medida deberá mantenerse mientras se lleva a cabo una evaluación técnica y curatorial que incluya al Comité de Gestión Patrimonial de la institución y atienda a criterios de protección de la memoria histórica, perspectiva de género, pluralismo, igualdad y prohibición de la censura.

El núcleo de la decisión judicial reside en la ausencia de una justificación técnica y curatorial acreditada para retirar las piezas. Según el juzgado, el Ministerio informó de la creación, en enero de 2026, de un comité encargado de determinar qué objetos forman parte de las exposiciones permanentes, pero no aportó pruebas de que la decisión hubiera pasado por ese órgano ni presentó un informe curatorial que explicara los motivos de la exclusión. Las actas de movimiento interno tampoco permitían establecer los criterios de selección ni acreditar una evaluación previa de las consecuencias de la medida sobre el contenido histórico y cultural de las salas.

La documentación examinada por el juez señala que los traslados se realizaron a petición de la Secretaría General del Ministerio, encabezada por Julián David Sterling, y fueron ejecutados por tres funcionarios de la institución. Para el juzgado, esta circunstancia acredita la intervención directa del Ministerio en una actuación cuya fundamentación no quedó debidamente documentada.

La resolución advierte, además, que excluir expresiones culturales por su contenido político o ideológico resulta incompatible con los principios constitucionales. En este sentido, considera que la retirada de los objetos, motivada por el rechazo a determinados contenidos históricos y políticos y sin una justificación curatorial acreditada, restringió injustificadamente el derecho de la ciudadanía a conocer y apreciar esas manifestaciones culturales.

El fallo presta especial atención a las reclamaciones vinculadas al reconocimiento de las luchas LGBTIQ+, la memoria de las víctimas de la violencia política y el derecho de los menores de edad a acceder a una formación histórica plural. La decisión no impide que el museo revise sus exposiciones, pero establece que cualquier modificación deberá realizarse mediante los procedimientos institucionales correspondientes y con criterios técnicos y curatoriales debidamente fundamentados.

banner-ART-180x180KBr-DL-180x180px_ES

Te pueden
interesar
...

Baner_Atrium_Artis_1280x150px_01